Traslado de Expediente de Pruebas de Acceso
Todos aquellos estudiantes de nuevo ingreso que hayan superado las Pruebas o hayan obtenido los requisitos de acceso a los estudios universitarios en los procedimientos establecidos en la Universidad de Sevilla, y se matriculen en universidades fuera de Andalucía, deberán solicitar el traslado de expediente de su prueba de acceso, el cual consiste en una Certificación Oficial que el Servicio de Acceso y Admisión remite de forma interna a la Universidad y/o Centro de destino donde se vaya a matricular la persona solicitante.
Documentación a presentar:
- Formulario cumplimentado y firmado que encontrará en el siguiente ENLACE,
- Justificante del ingreso realizado y de la exención aplicada en su caso
- Carta de admisión/copia de matrícula de la Universidad de destino.
⇒Podrá ser presentada:
- A través del correo electrónico accesopau@us.es
- De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT o DNI electrónico), a través del procedimiento “Presentación de instancias y solicitudes. "Modelo genérico” disponible en la Sede Electrónica a la que se adjuntará en formato PDF la documentación correspondiente, indicando como Organismo destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”. La solicitud deberá incluir, de manera expresa, en el apartado “Asunto” el siguiente texto: Traslado de expedientes de las pruebas de acceso.
- Presencialmente:
- En la ventanilla 6 del Área de Acceso y Admisión en el Pabellón de Brasil, pidiendo cita previa en el siguiente ENLACE.
- En el Registro General de la Universidad de Sevilla a través de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, sitas en c/ San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá solicitar cita previa en el siguiente ENLACE.
Importe de precios públicos
- Ordinario: 26,30 €
- Beneficiarios/as familia numerosa categoría general (3 hijos o 2 con discapacidad): 13,15 €.
- Beneficiarios/as familia numerosa categoría especial: exentos de pago
- Personas con discapacidad: exentos de pago
- Víctimas de terrorismo o de violencia de género: exentos de pago.
Justificación de la reducción o exención aplicada:
Víctima de terrorismo: deberá aportar resolución judicial o administrativa en la que se determine el nexo causal entre la actividad delictiva y el resultado lesivo. En caso de no disponer de la documentación citada, se acompañarán los documentos que se consideren justificativos de reunir las condiciones señaladas.
Condición de víctima de violencia de género: deberá aportar resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de dicha condición de víctima de violencia de género. Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente. La exención será extensible a los/as hijos/as descendientes menores de 25 años y dependientes económicamente, aportando, además, el libro de familia."
Familia numerosa o discapacidad: los estudiantes que tengan reconocida dicha condición por la Comunidad Autónoma Andaluza y autoricen expresamente a la Universidad a comprobar estos datos a través de la Consejería competente de la Junta de Andalucía estarán exentos de presentar documentación justificativa. Si esta comprobación telemática no fuera posible o el estudiante no prestara su consentimiento, se le solicitará la presentación de la documentación acreditativa.
Formas de Pago:
- De manera presencial, a través de la ventanilla de Banco de Santander
- Por transferencia bancaria