Evaluación por compensación curricular
Mediante la revisión extraordinaria de calificaciones basada en tu rendimiento académico podrás solicitar, en casos muy concretos, una revisión extraordinaria de la calificación final de una asignatura cuando tu rendimiento académico global demuestra que has adquirido las competencias del Grado, aunque no hayas superado esa asignatura.
Esta revisión se conoce como evaluación por compensación curricular, y está regulada en el Acuerdo 5.1/CG 23-6-26
¿Qué significa esto para ti?
Significa que, si cumples ciertos requisitos, podrás pedir que se revise una asignatura que no has aprobado y que, de manera excepcional, se te reconozca como “5 – aprobado por compensación” en tu expediente.
“Se prevé un procedimiento de revisión extraordinaria de las calificaciones finales obtenidas por cada estudiante basada en su rendimiento académico global” (Art. 1.2).
¿En qué titulaciones se aplica?
Esta normativa se aplica solo a:
- Grados
- Dobles Grados
- Titulaciones conjuntas con otras universidades cuando la asignatura la imparta y evalúe la US
No se aplica a Máster, Doctorado ni Títulos Propios.
¿Qué asignaturas puedes compensar?
Solo puedes solicitar la compensación de una única asignatura en toda tu titulación. Puedes pedir compensación si la asignatura es:
- Asignaturas de Formación Básica u Obligatoria
- Optativa solo en casos excepcionales, como:
- No tener otra optativa disponible para completar créditos
- Que no aprobarla te obligue a cambiar de plan de estudios, itinerario o mención
No puedes pedir compensación si la asignatura es:
- Trabajo Fin de Grado
- Prácticum
- Prácticas externas curriculares
- Asignaturas imprescindibles para profesiones reguladas (habilitantes)
- Asignaturas que acreditan la competencia lingüística exigida en el Título.
Requisitos que debes cumplir
Para solicitar esta revisión extraordinaria, debes cumplir todos estos requisitos:
- Estar matriculado/a en la asignatura ese mismo curso
- Tener todas las demás asignaturas aprobadas, salvo las excluidas de la compensación
- Haber cursado al menos el 50 % de la titulación de la Universidad de Sevilla (incluidas las cursadas en programas de movilidad)
- Haberte presentado a cuatro convocatorias y haber obtenido mínimo una calificación de 3 sobre 10 en dos de las cuatro convocatorias.
- Haber superado prácticas, seminarios o proyectos obligatorios de la asignatura
- No haber obtenido compensación curricular antes en la misma titulación
Puedes ampliar cada punto en requisitos de compensación.
¿Cómo debes solicitarlo y cual es el proceso?
Presentarás tu solicitud electrónicamente a tu Centro. Todo el procedimiento será electrónico aunque hasta que esté completamente operativo, deberás presentar la solicitud por el Registro General.
- Tienes 7 días hábiles desde el cierre de actas de cada convocatoria oficial.
- El Centro revisará tu expediente y emitirá una propuesta favorable o desfavorable.
- Si es favorable, se enviará al Profesor/a Coordinador/a, que podrá aceptarla o rechazarla.
- La resolución final la dicta el Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria.
¿Qué ocurre si te conceden la compensación?
- Se te asignará la calificación “5 – aprobado por compensación”
- Esta nota contará como Aprobado (5.0) en tu expediente
- No podrás reconocer esta asignatura en otra titulación
¿Cuándo empieza a aplicarse?
El procedimiento entra en vigor el 6 de julio de 2026 y se aplicará desde la matrícula del curso 2026‑2027, para asignaturas del curso 2025‑2026, podrás solicitar la compensación durante el mes siguiente a la entrada en vigor
