Becas y Ayudas al estudio
El artículo 15 del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla, establece que, esta, mantendrá y potenciará una oferta propia de becas y ayudas al estudio, así como exenciones y deducciones del abono de precios públicos, complementaria de la oferta de los organismos públicos internacionales, nacionales y autonómicos, que contribuya a hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación de sus estudiantes.
Este precepto, desencadena en nuestra universidad un amplio abanico de posibilidades, reales, para la obtención de financiación, que, por diferentes situaciones personales, evite que los estudiantes se vean obligados a abandonar sus estudios.
Así, anualmente, multitud de convocatorias son publicadas desde diferentes instancias para que los estudiantes puedan recibir las ayudas necesarias que les permitan concluir sus estudios con garantías de éxito. Estas ayudas son concedidas sobre la base de baremos en los que, junto al expediente académico, se tiene en cuenta el nivel de renta.
Para Diseñar la oferta propia de becas y ayudas al estudio y fijar los criterios de concesión con respeto a la igualdad de oportunidades y no discriminación, se constituye la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio, en la que participan los representantes de los estudiantes.
Por otra parte, los Centros y otras unidades funcionales encargadas de la prestación de las actividades de gestión o de asistencia a la comunidad universitaria disponen de su propio sistema de becas y ayudas cuyas bases quedan sujetas a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Además de los recursos que la Universidad de Sevilla dedica a financiar estas becas y ayudas, existen otros agentes financiadores externos que completan la amplia oferta anual que se diseña para los estudiantes. Sirva como ejemplo la Junta de Andalucía que cofinancia las becas para Competencias Lingüísticas o el Convenio con el Grupo Santander que realiza una importante labor de mecenazgo.