1. ¿Quién puede ser considerado estudiante con necesidades académicas especiales?
- Estudiantes con discapacidad, los estudiantes de la Universidad de Sevilla que acrediten estar comprendidos en el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Estudiantes embarazadas o estudiantes que tengan a su cargo hijos menores de tres años o personas mayores ascendientes.
- Estudiantes que necesiten compaginar los estudios con la actividad laboral.
- Estudiantes que sean deportistas de alto nivel o deportistas de alto rendimiento.
- Estudiantes con otras situaciones personales de grave dificultad, tales como víctimas de maltrato, violencia de género o terrorismo, entre otras, así como estudiantes con un grado de minusvalía inferior al 33%.